Custodia de mascotas ¿quién se queda con la mascota en caso de divorcio?

Un Bulldog Francés marrón duerme sobre una superficie beige con los ojos cerrados, parcialmente cubierto por una manta gris y mullida: una imagen que capta la comodidad y los cuidados de la custodia mascotas.

A nuestro despacho de divorcios en Terrassa llegan cada vez más familias nos consultan quién debe quedarse al cargo de la mascota cuando se quiere iniciar un divorcio, especialmente cuando no existe acuerdo previo entre la pareja.

Nuestra experiencia con la custodia de mascotas en Cataluña

En Cataluña, la normativa autonómica reconoce a los animales como seres sintientes y no como bienes patrimoniales, lo que permite plantear medidas específicas sobre su bienestar dentro de un procedimiento de familia. Durante estos años en Terrassa hemos visto que la clave jurídica está en justificar qué opción garantiza mejor la protección y cuidados del animal.

Como especialistas en derecho de familia, recomendamos anticipar en el convenio regulador un régimen claro de estancias, visitas y reparto de gastos. Esta planificación evita conflictos futuros y otorga seguridad jurídica, y en caso de incumplimiento podemos acudir directamente a la vía judicial, mediante un proceso de ejecución.

🏛️ Caso Práctico: Custodia compartida para un perro adoptado durante el matrimonio

Situación: Una pareja adoptó un perro durante el matrimonio, aunque el chip figuraba a nombre de uno solo. Tras la separación, ambos deseaban continuar conviviendo con él.

Estrategia Legal: En el convenio regulador se fijaron las estancias alternas y un reparto equitativo de los gastos ordinarios y veterinarios.

Resultado: El Juzgado aprobó el convenio regulador, evitando así un procedimiento contencioso.

Por confidencialidad, se omiten datos personales identificativos.

Definición de mascota y su regulación

En el año 2008 se publicó en el BOE el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que el Parlament de Catalunya aprobó el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

Esta norma define a los animales como seres dotados de sensibilidad física y psíquica, insistiendo en la obligación de procurarles bienestar, trato digno y protección frente a cualquier situación de maltrato o abandono.

Una niña de pelo rubio y ojos azules está tumbada sobre una superficie de madera blanca, sonriendo y abrazando suavemente a un pequeño conejo gris que tiene a su lado, captando un dulce momento de custodia mascotas.

Consecuencias legales de la separación respecto a los animales de compañía

A diferencia del Código Civil estatal, el derecho catalán no considera a los animales como objetos. Esto permite solicitar al Juzgado que determine quién debe asumir su cuidado en función del bienestar del animal, pudiendo fijar tiempos de convivencia y distribución de gastos.

Lo más habitual es que las partes alcancen un acuerdo y lo incorporen al convenio regulador, detallando el régimen de estancias y la contribución económica de cada uno. Este documento puede incluir regímenes de visitas, alternancia por semanas o periodos vacacionales.

Cuando no existe acuerdo, será el Juez quien valore quién garantiza mejor la estabilidad, disponibilidad y capacidad para atender adecuadamente a la mascota.

Un gato atigrado gris de ojos amarillos está tumbado sobre una superficie clara, estirando la pata delantera hacia delante y mirando directamente a la cámara: un momento de serenidad captado durante la custodia de mascotas. El fondo está suavemente difuminado.

¿Podemos tener la custodia compartida de la mascota si está a mi nombre?

Si la mascota se adquirió durante el matrimonio, aunque figure a nombre de uno solo, ambos pueden pactar una custodia compartida siempre que exista acuerdo. Deberá quedar recogida en el convenio regulador.

Si la mascota era propiedad exclusiva de uno de ellos antes de convivir, el otro no puede exigir derechos salvo pacto expreso.

Cuando se incumple lo dispuesto en Sentencia que aprobó el convenio regulador, se deberá iniciar un proceso de ejecución en el Juzgado.

Marco jurídico catalán aplicable a la custodia de animales de compañía

El Código Civil de Cataluña, tras las reformas introducidas por la legislación autonómica y estatal en materia de protección animal, impone que toda resolución relativa a una mascota debe realizarse atendiendo a su bienestar. Los criterios que valoran los tribunales incluyen: dedicación previa al cuidado, disponibilidad horaria, estabilidad del entorno, capacidad económica para sufragar gastos veterinarios y ausencia de situaciones de riesgo para el animal.

Esta perspectiva permite que, en procedimientos de divorcio o ruptura de pareja estable, las medidas sobre el animal tengan un análisis similar al realizado respecto a los hijos, salvando las diferencias naturales. La jurisprudencia reciente en Cataluña mantiene que debe primar siempre el interés del animal como ser sintiente, descartando decisiones basadas únicamente en la titularidad registral.

Conclusiones de la custodia de mascotas

La mejor solución, siempre que sea posible, es alcanzar un acuerdo que priorice el bienestar de la mascota y establezca de forma clara las responsabilidades de cada parte. La custodia compartida suele funcionar muy bien cuando ambos han estado implicados en los cuidados diarios.

Si no existe acuerdo, será el Juzgado quien decida en función del interés del animal y de las circunstancias de cada familia.

En Verum Advocats, despacho de abogados en Terrassa, entendemos que las mascotas forman parte de tu vida y de tus rutinas. Si necesitas asesoramiento o valorar tu caso concreto, estaré encantada de ayudarte.

Preguntas frecuentes sobre custodia de mascotas en Cataluña

¿Qué valora un juez para decidir con quién se queda la mascota?

Los tribunales catalanes analizan quién garantiza mejor el bienestar del animal: disponibilidad, estabilidad del hogar, cuidados previos, capacidad económica y ausencia de conflictos que puedan afectar al animal.

¿Es posible establecer una custodia compartida?

Sí. Es la opción más frecuente cuando ambos miembros de la pareja han ejercido responsabilidades de forma conjunta. Debe formalizarse en el convenio regulador o en el acuerdo de ruptura.

¿Importa a nombre de quién está registrada la mascota?

En Cataluña, la titularidad del chip no es el único criterio. Lo relevante es quién ha ejercido las funciones reales de cuidado y quién puede garantizar un entorno adecuado tras la separación.

¿Qué ocurre si mi expareja incumple el convenio regulador respecto a la mascota?

Se deberá ejecutar la Sentencia ante un incumplimiento de cualquier aspecto incluido en el convenio regulador homologado judicialmente.

¿Puedo pedir visitas si la mascota era de mi expareja antes de convivir?

No existe derecho automático, pero puede pactarse si ambas partes lo desean. Si no hay acuerdo, el derecho no se puede imponer judicialmente.

🔄 Nota de transparencia: Este artículo fue publicado originalmente con anterioridad. Sin embargo, debido a la importancia de la precisión jurídica, ha sido revisado, saneado y actualizado íntegramente en Diciembre de 2025 por nuestro equipo. Garantizamos que el contenido refleja la normativa y jurisprudencia vigentes a día de hoy.

Laura Dubà Flores, socia fundadora de Verum Advocats

- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.

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