¿Te pueden despedir estando de baja?

Varias piezas de juego de colores se colocan sobre una superficie blanca con líneas negras que se cruzan, asemejándose a una red, similar a navegar por el complejo proceso de despedir estando de baja dentro de las conexiones del lugar de trabajo.

Mi nombre es Andrea Lázaro, socia fundadora del despacho laboral Verum Advocats y quiero aclararte desde el inicio una duda muy frecuente: sí pueden despedirte estando de baja, pero nunca por el mero hecho de estar en incapacidad temporal. La clave está en si existe —o no— una causa real y acreditada que justifique la decisión empresarial.

Nuestra experiencia con despidos durante una baja médica

En Cataluña vemos con frecuencia despidos comunicados en plena incapacidad temporal. Desde el Real Decreto-ley 4/2020, la baja médica dejó de ser un motivo válido de extinción. Un despido basado directa o indirectamente en tu estado de salud vulnera derechos fundamentales y puede ser declarado nulo.

Como abogada laboralista, mi recomendación es analizar la carta de despido para detectar si la empresa encubre un despido disciplinario u objetivo sin fundamento. El trabajador puede ser readmitido y percibir salarios de tramitación. Recuerda: solo hay 20 días hábiles para impugnar.

🏛️ Caso Práctico: Despido comunicado durante una baja por depresión

Situación: Un trabajador de Terrassa recibió una carta de despido disciplinario alegando bajo rendimiento dos semanas después de iniciar una baja por depresión. Los hechos eran genéricos y sin sanciones previas.

Estrategia legal: Analizamos la ausencia de pruebas, el momento del despido y la conexión entre la incapacidad temporal y la decisión empresarial. Presentamos conciliación y demanda por vulneración de derechos fundamentales.

Resultado: El Juzgado declaró el despido nulo y obligó a la empresa a readmitir al trabajador con abono de salarios de tramitación.

Por motivos de privacidad, los datos del caso han sido modificados para evitar cualquier identificación.

La baja médica ya no es causa de despido

Hasta la aprobación del Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero se permitía el despido por faltas de asistencia al trabajo, aunque esas faltas estuviesen justificadas y fueran intermitentes.

A partir de la aprobación de este Real Decreto, la baja médica dejó de ser causa de despido. Esto no impide que la empresa pueda despedir al trabajador si la causa responde a un despido disciplinario o objetivo, pero nunca por el hecho de estar de baja. En caso contrario, estaríamos ante un despido nulo por vulneración del derecho a la salud.

Si hay acumulación de bajas ¿es un motivo para despedirte?

No. Estar en incapacidad temporal —sea una o varias bajas— no es motivo para despedir. Lo relevante es la existencia de una causa objetiva o disciplinaria real y demostrable.

¿Y si la baja laboral es de larga duración?

La Ley no distingue entre baja corta o larga. Si la empresa te despide por estar de baja, el despido será considerado nulo.

¿Y estando embarazada?

La legislación protege especialmente a las trabajadoras embarazadas. Estar embarazada nunca puede ser causa de despido, y cualquier extinción contractual durante el embarazo se presume nula si no existe una causa objetiva o disciplinaria real, acreditada y totalmente ajena a la gestación.

La empresa debe demostrar de forma sólida que el motivo del despido no guarda relación alguna con el embarazo. De lo contrario, el despido será declarado nulo y la trabajadora tendrá derecho a la readmisión y al abono de los salarios de tramitación.

¿Hay diferencias entre enfermedad común, como la depresión, y el accidente laboral?

No existen diferencias: no se puede despedir por baja temporal derivada de enfermedad común, profesional, accidente laboral, baja por maternidad o paternidad. Solo podría ser válido si la causa disciplinaria u objetiva está acreditada.

Un estetoscopio azul está colocado sobre una superficie blanca junto a la esquina de un portátil abierto, insinuando una investigación sobre temas como despedir estando de baja.

¿Qué hacer si te despiden por causa médica?

Tienes un plazo de 20 días hábiles para impugnar. El proceso comienza con la papeleta de conciliación ante el organismo de mediación. Si no hay acuerdo, deberás presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social.

Si el despido se declara nulo, la empresa deberá readmitirte y abonarte los salarios de tramitación.

¿Te pueden despedir estando de baja con contrato indefinido?

Si te han despedido con un contrato indefinido, habrá que analizar si existe causa disciplinaria u objetiva que justifique la decisión. En caso contrario, el despido será nulo.

¿Y con contrato temporal?

La duración del contrato no cambia la protección. Pueden despedirte si existe una causa disciplinaria u objetiva real, pero no por el hecho de estar de baja. Si no hay causa, el despido será nulo.

La palabra WORK se escribe con botones marrones sobre una superficie blanca, rodeada de material de costura -cintas métricas, tijeras, hilos e imperdibles-, creando una escena que podría surgir al tratar temas como despedir estando de baja.

¿Quién te paga si te despiden estando de baja?

Cobrarás la prestación por incapacidad temporal si tienes derecho a paro, pero dependerá de si la baja es por contingencias comunes o profesionales.

Si estás de baja por enfermedad común o accidente no laboral

La Seguridad Social abona la prestación y el paro se va consumiendo mientras continúas cotizando.

¿Y en caso de enfermedad profesional o accidente laboral?

La mutua abona la prestación, el paro no se consume y el trabajador no cotiza durante este periodo.

¿Se puede o debe firmar el finiquito en estas circunstancias?

Sí, puede firmarse el finiquito aunque estés de baja. Si no estás conforme, es recomendable firmar indicando “no conforme”.

Por qué es importante revisar tu despido con un abogado laboralista

Muchas empresas intentan extinguir contratos durante bajas médicas debido al coste que generan, pero un despido sin causa será declarado nulo. Un análisis jurídico individualizado permite valorar si realmente existe una causa objetiva o disciplinaria o si, por el contrario, estamos ante una vulneración de derechos fundamentales.

Contacta con Verum Advocats, despacho de abogados especialistas en laboral en Terrassa, para que revisemos tu carta de despido, los partes de baja y la documentación de la empresa antes de que venza el plazo de 20 días hábiles.

Nota de transparencia: Este artículo fue publicado originalmente con anterioridad. Sin embargo, debido a la importancia de la precisión jurídica, ha sido revisado, saneado y actualizado íntegramente en Diciembre de 2025 por nuestro equipo. Garantizamos que el contenido refleja la normativa y jurisprudencia vigentes a día de hoy.

Laura Dubà Flores, socia fundadora de Verum Advocats

- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.

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