El acoso laboral o mobbing: tipos, consecuencias y cómo denunciarlo

En este post os vamos a contar uno de los riesgos y afecciones más comunes que sufren los trabajadores, el acoso laboral o el mobbing. Un reciente estudio apunta a que un 15% de los trabajadores en España sufren o  han sufrido en algún momento de su vida, algún tipo de acoso laboral.

Por todo ello, vamos a ver, exactamente, qué es el mobbing, que tipos de acoso existe y que consecuencias puede suponer, sobre todo, para el trabajador.

 

¿Qué es el mobbing?

Según la Unión Europea podemos definir el mobbing como “un comportamiento negativo entre compañeros o entre superiores e inferiores jerárquicos a causa del cual el afectado es objeto de acoso y ataques sistemáticos durante mucho tiempo, de modo directo o indirecto, por parte de una o más personas, con el objetivo de hacerle el vacío”.

Es decir, se tratan de todas aquellas acciones o comportamientos encaminadas a degradar, intimidad y/o vejar a un trabajador con la finalidad de perjudicar su clima laboral y empujarle a dejar el trabajo, coger la baja etc.

La manera más habitual de conseguir este acoso laboral es a través de insultos, amenazas, humillaciones, aislamiento del resto de compañeros, difamaciones, etc.

 

Tipos de mobbing laboral

Existen varios tipos de mobbing en el ámbito laboral, entre otros, los más comunes y habituales son los siguientes:

Mobbing vertical

Dentro del mobbing vertical encontramos dos subcategorías, dependiendo de si el acoso se produce por un rango jerárquico superior o inferior.

  • Mobbing ascendente que se produce cuando uno o varios subordinados atacan o acosan a un superior. Por ejemplo, cuando unos trabajadores acosan a su superior o responsable.

Este tipo de mobbing no suele ser muy común dado que los trabajadores suelen tener miedo a que el mismo tome represalias contra ellos.

  • Mobbing descendente que se produce cuando un superior o responsable hace uso de su posición de poder para abusar y acosar a un subordinado, es decir, a un trabajador.

Este tipo de mobbing es mucho más frecuente que el anterior y se suele dar con frecuencia. También lo podemos llamar bossing.

Mobbing horizontal

Este tipo de mobbing suele ser bastante común dentro de las empresas. Consiste en que el acosador y la víctima se encuentran en la misma categoría profesional o nivel jerárquico, es decir, no existe jerarquía o superioridad.

Estamos ante un mobbing que se da entre compañeros de trabajo, ya sea dentro o fuera del mismo departamento.

Mobbing de dirección

Tal y como el propio nombre dice, este tipo de mobbing o acoso laboral se da por la dirección de la propia empresa.

Este tipo de acoso se utiliza para fomentar el miedo y aumentar la productividad de la propia empresa o bien, para prescindir de trabajadores poco receptivos o que no se ajustan a las necesidades o expectativas de la empresa.

Suelen utilizar amenazas de despido a los trabajadores para a conseguir sus objetivos.

 

¿Qué consecuencias tiene el mobbing para las víctimas?

Las consecuencias del mobbing laboral pueden ser diversas y dependiendo del tipo de personalidad, actitud, etc. que tenga la víctima puede provocar:

  • Consecuencias laborales: la consecuencia más inmediata es que la víctima que sufre mobbing abandone su puesto de trabajo y, como consecuencia, tenga problemas en encontrar o incorporarse en nuevos puestos de trabajo.
  • Consecuencias sociales: las víctimas de acoso laboral suelen dejar de lado su vida social encerrándose en si mismas, aislándose del mundo. Dejan de hacer las cosas que hacían antes, dejan de ver a sus amigos y de frecuentar aquellos sitios habituales.
  • Consecuencias familiares:en la mayoría de ocasiones, las víctimas de mobbing no explican su situación y su sufrimiento laboral a la familia o a sus seres más allegados por sentimiento de vergüenza o de culpa. Todo ello provoca que las relaciones familiares y personales se vean afectadas, dado que las víctimas de acoso suelen tener en casa cambios de actitud o humor repentinos, comportamientos extraños y retraídos.
  • Consecuencias psicológicas:el mobbing, normalmente, deteriora y perjudica la fortaleza mental de las personas que lo sufren. Los síntomas más comunes son el estrés, la ansiedad, la depresión, el aislamiento, etc.
  • Consecuencias de salud:las víctimas de mobbing puede tener dolores estomacales, intestinales o cefaleas provocadas por el estrés y ansiedad que sufren en el entorno laboral.

¿Puedo coger la baja por acoso laboral?

Efectivamente, si el acoso laboral sufrido por la víctima, llega hasta el punto de afectar, seriamente, a tu salud, estabilidad emocional y psicológica, debes acudir al médico de cabecera para solicitar la correspondiente baja laboral.

Han existido varias dudas sobre si la baja por acoso laboral era una contingencia común o una contingencia profesional. Pues bien, el Tribunal Supremo, ha definido a las bajas por mobbing laboral como contingencias profesionales.

Por ello, una persona que se encuentra de baja por mobbing laboral cobrará el 75% de la base reguladora, desde el primer día de la baja.

Aun así, debemos estar a lo que establezcan los convenios colectivos correspondientes, ya que, en algunos casos, se puede llegar a cobrar el 100% de la base reguladora.

Puede suceder que el motivo de la baja sea por ansiedad, depresión o estrés en vez de por mobbing, sin embargo, existe la opción de poder demostrar que todo ello es causa del hostigamiento causado por el acoso en el trabajo y así, conseguir esa contingencia profesional.

Para ello, nos deberemos dirigir al INNS, ya que este es el organismo encargado de dictar la resolución y hacer el cambio de contingencia.

 

Cómo denunciar el mobbing o acoso laboral

Probablemente, lo más complicado para una persona que está siendo víctima de mobbing laboral, es denunciarlo y ponerlo en conocimiento de las correspondientes autoridades. Aun así, debemos hacerlo y debemos denunciar esta situación.

El primer paso para denunciar el moobing o acoso laboral es, dirigirnos a la directiva de la empresa y comunicar la situación de acoso que estamos sufriendo para que la misma empresa tome las medidas y soluciones pertinentes.

En caso de que la empresa, no tomara las correspondientes acciones, podemos acudir a las siguientes vías:

  • Vía penal: consiste para que el acosador pueda recibir “su castigo” atendiendo al delito previsto en el artículo 173.1 del código penal. Así mismo, también podemos solicitar una indemnización por daños y perjuicios.
  • Vía laboral: es adecuada cuando la propia víctima quiere irse de la empresa y, por tanto, extinguir su contrato cobrando el paro y una indemnización.
  • Vía administrativa: esta vía se reserva para aquellos casos en que la víctima sea un trabajador de la administración pública.

Conclusiones sobre el acoso laboral

El mobbing o acoso laboral es un conjunto de conductas y acciones destinadas a difamar, vejar e intimidar a un trabajador para perjudicar su entorno laboral.

Este tipo de acoso puede provocar problemas de salud, psicológicos, laborales e incluso, familiares.

Es importante que, sea cual sea, el tipo de mobbing que estés sufriendo lo denuncies, en primer lugar, a la propia empresa y en segundo lugar, ante las autoridades penales y/o laborales correspondientes.

Para más información, contacta con nuestros abogados especializados en derecho laboral y te asesoraran, guiaran y ayudaran en este proceso.

 

Andrea Lázaro Ortiz
Abogada | + posts

- Abogada colegiada n. 2.674 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Graduada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2017.
- Master en derecho de familia y sucesiones por el Il.lustre Col.legi d’Advocats de Barcelona.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.