La Mediación Familiar en caso de divorcio

Cuando tomamos la difícil decisión de divorciarnos o separarnos de nuestra pareja, y existen menores de edad, la mejor opción es alcanzar un acuerdo evitando acudir a juicio. A esto se le llama mediación familiar en caso de divorcio.

Para ello, existen métodos de resolución de conflictos alternativos a la vía judicial para evitar tener que acudir a los tribunales, como es el caso de la mediación familiar. En nuestro despacho de abogados en Terrassa, estamos familiarizados en divorcios y separaciones y te lo explicaremos en la publicación de hoy.

¿Qué es la mediación familiar?

La mediación familiar es un medio de resolución de conflictos que nace como vía alternativa a la judicial.

Este mecanismo permite que los miembros de la pareja logren acuerdos, sin necesidad de acudir a los tribunales, evitando así el perjuicio tanto económico como emocional.

Para ello, ambos deberán prestar la colaboración necesaria para dialogar y comunicarse ante el mediador, que actuará de forma neutra e imparcial.

No siempre es fácil llegar a pactos, ya que una ruptura de pareja conlleva situaciones de malestar y estrés, y dejarlo todo en manos del juez no siempre permite una solución equitativa.

Normativa jurídica aplicable

La mediación familiar se encuentra regulada en la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado en Cataluña.

Recientemente, dicha ley ha sido modificada por la Ley 9/2020, de 31 de julio, que modifica, a su vez, el Código Civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.

Esta modificación viene impulsada con la finalidad de potenciar el uso de la mediación, por parte de los abogados y de los operadores jurídicos, en el ámbito familiar.

En cuanto a su entrada en vigor, la Ley 9/2020, empezará a regir a partir del 4 de noviembre de 2020.

¿Es necesario acudir a la mediación familiar antes que a la vía judicial?

La Ley de Mediación dispone que es obligatoria siempre y cuando se haya pactado expresamente las partes.

Además, deberá acudirse a la mediación antes de ejercitar cualquier acción judicial, en los casos siguientes:

  • Procesos de divorcio, separación o nulidad matrimonial.
  • Extinción de pareja estable.
  • Guarda y custodia de los hijos menores de edad
  • Pensión de alimentos para los hijos.
  • Herencias

¿Es gratuita la mediación?

La primera sesión informativa es gratuita si, iniciado el proceso judicial, es el Juez quien deriva a las partes a acudir a dicha sesión.

Si ambas aceptan, las demás sesiones deberán sufragarlas por mitad, es decir, cada uno de ellos abonará el 50% de cada sesión.

Si ninguna de las partes ha interpuesto todavía ninguna demanda, será el mediador quien decida si la primera sesión es gratuita o no.

¿Qué ocurre si me niego a acudir a mediación?

Si una de las partes se niega a acudir a mediación, una vez iniciado un procedimiento, se comunicará al Juzgado quién se ha negado.

Es decir, no existe confidencialidad si una de las partes se niega a someterse a mediación.

¿Cuáles son sus ventajas?

Acudir a la mediación siempre es una buena opción, ya que conlleva las siguientes ventajas:

  • Existencia de comunicación entre las partes ante una persona neutral e imparcial.
  • Posibilidad de llegar a acuerdos.
  • Evitar largos procesos judiciales
  • Cada cónyuge es responsable de la toma de decisiones.
  • Evitar que una tercera persona (Juez) tome decisiones sobre nuestro futuro.
  • Mayor rapidez respecto los tribunales.

Conclusiones de la mediación familiar en caso de divorcio

En un proceso de divorcio siempre es mejor llegar a un acuerdo entre las partes. No obstante, si ambas se encuentran distanciadas llevar a cabo una mediación familiar puede ser de gran ayuda.

La mediación promueve el diálogo, la comunicación entre las partes, que puedan llegar a acuerdos para el bienestar de sus hijos, así como también para ellos mismos.

Y ante todo, en presencia de un mediador imparcial y neutro para cada situación concreta.

Si tienes cualquier duda sobre qué consiste la mediación, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados de familia en Terrassa.

Laura Dubà Flores
Abogada | + posts

- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.