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A la que llega la primavera muchos progenitores están pensando en organizar la Primera Comunión de sus hijos, bien sea porque se realiza en la escuela, o bien por las creencias religiosas. Sin embargo, existen ocasiones, en las que no se llega a un acuerdo ni en la celebración de la misma, así como tampoco en los preparativos.
La primera comunión con padres divorciados, te explicamos qué pasos hay que seguir si existe desacuerdo entre los progenitores en la celebración de la primera comunión. Para más información contacta con nuestro despacho de abogados de divorcios en Terrassa.
La patria potestad y la necesidad de acuerdo entre los progenitores
Tras un divorcio, si uno de los progenitores tiene la guarda no significa que pueda decidir sobre aspectos que ambos progenitores tiene la obligación de tomar decisiones de manera conjunta.
En la guarda se toman aquellos hechos que sean cotidianos, del día a día, pero no de situaciones que afecten al menor, como es la educación, formación, desarrollo del menor, y en el presente caso, hacer la Primera Comunión.
Si uno de los progenitores no está de acuerdo en que el menor haga la Primera Comunión se deberá pedir autorización al Juez para que resuelva sobre ello.
¿Cómo solicitar autorización judicial para que nuestro hijo/a haga la Primera Comunión?
En primer lugar se debe informar previamente al otro progenitor de manera fehaciente (mediante un burofax). Si el otro progenitor presta su consentimiento, el menor se podrá inscribir en el curso de catequesis para hacer la Primera Comunión.
En cambio, si no muestra su conformidad, se deberá pedir auxilio al Juez , mediante un Procedimiento de Jurisdicción Voluntaria.
Este procedimiento se caracteriza porque no es necesaria la intervención preceptiva de Abogado y Procurador.
En todo caso será siempre parte el Ministerio Fiscal y el Juez podrá oír al menor a partir de los doce años o menos si es suficiente maduro.
¿Qué pasa si el progenitor decide unilateralmente sin autorización del otro progenitor?
También podrá instar el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria aquel progenitor al cual no se le haya tenido en cuenta para que el menor haga la Primera Comunión.
Además, se debe tener presente que es una celebración en la que no debe primar la disputa entre los progenitores.
Para muchos niños, lo que puede ser una gran fiesta para estar con su familia y sus amigos puede convertirse en algo no deseado.
Los progenitores tienen la obligación de preservar al menor, y también el deber de saber sus deseos, y respetarlos, tanto si quieren hacer la Primera Comunión como si no.
Conclusiones sobre la primera comunión con padres divorciados
Si uno de los progenitores quiere que su hijo/a haga la Primera Comunión el otro progenitor deberá prestar su consentimiento.
En caso de desacuerdo entre los progenitores se acudirá a la vía judicial, y el Juez atribuirá la decisión a uno de ellos, velando en todo momento por el interés del menor.
- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.