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La mayoría de personas cuando quieren hacer testamento, acuden a una notaria y otorgan testamento ante un notario, pero, existen otras formas de otorgar testamento? En este post, hablaremos de otra forma, distinta a la notarial, para poder otorgar testamento. ¿Os suena el testamento ológrafo? Si quieres más información, contacta con nuestros abogados de herencias en Terrassa.
¿Qué es un testamento?
Nuestra sociedad, utiliza mucho la palabra «testamento», pero sabemos realmente qué es y cuál es su función?
Pues bien, un testamento es un acto que realiza una persona, llamada testador, por el cual se decide el destino y reparto de sus bienes y patrimonio para el momento en que fallezca.
Tipos de testamentos
Testamento abierto
El testamento abierto es el testamento más habitual en nuestra sociedad. Consiste en que una persona, acude ante un notario y expresa, en voz alta, su voluntad ante el mismo, de manera que el notario es conocedor de la voluntad del testador.
Testamento cerrado
El testamento cerrado, no suele ser muy habitual. El testador escribe su última voluntad en un documento que entrega de manera sellada y cerrada al notario.
A diferencia de testamento abierto, su voluntad queda oculta en dicho documento y por tanto, nadie conoce su voluntad. Este testamento se conserva en la notaria, igual que el abierto.
Testamento ológrafo
El testamento ológrafo es aquel testamento que se escribe de puño y letra por el propio testador.
Requisitos del testamento ológrafo
Para que un testamento ológrafo sea válido debe cumplir un seguido de requisitos:
- El testador debe tener capacidad para testar en el momento que otorga testamento, es decir, debe ser mayor de edad o menor emancipado y debe saber leer y escribir.
- Este testamento debe ser redactado de puño y letra del propio testador.
- Debe ponerse la fecha en que se otorga el testamento y el lugar.
- El testamento debe ir firmado por el propio testador.
- Hay que salvar las palabras tachadas o enmendadas con la firma del testador.
- El testador debe dejar clara su voluntad y debe manifestar quien quiere que sea su heredero o herederos de manera especifica.
¿Tengo que presentar el testamento ológrafo ante notario?
En el momento en que se redacta el testamento ológrafo, no es necesario acudir a un notario. Si ese testamento cumple con todos los requisitos mencionados, dicho testamento será válido.
Aún así, una vez fallecido el testador, el testamento ológrafo debe ser adverado y protocolizado por un notario, es decir, ese testamento debe ser revisado por un notario. Si el testamento es auténtico, el notario deberá protocolizarlo, si no lo es, deberá denegarlo.
El plazo para realizar este trámite es de 4 años desde el fallecimiento del causante. Si dentro de ese plazo no se realiza la adveración y protocolización del testamento, no será válido y será como si el testador no hubiera otorgado testamento.
Conclusiones sobre el testamento ológrafo
Además del testamento notarial, el cual puede ser abierto o cerrado, también se puede otorgar testamento de puño y letra, es decir, ológrafo.
Es un testamento económico que uno mismo puede otorgar en su casa con un simple papel y un bolígrafo.
El testamento ológrafo debe cumplir con todos los requisitos legales para que el mismo sea válido y deberá adverarse y protocolizarse para que el mismo surja efectos en un futuro.
- Abogada colegiada n. 2.674 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Graduada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2017.
- Master en derecho de familia y sucesiones por el Il.lustre Col.legi d’Advocats de Barcelona.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.