Esta semana, desde nuestro despacho de abogados especialistas en divorcio en Terrassa, os vamos a hablar de una cuestión que preocupa mucho a los cónyuges que es, qué sucede en un divorcio con hipoteca conjunta.
Cuando los cónyuges deciden divorciarse de mutuo acuerdo en el que existen menores y una propiedad hipotecada, deberán suscribir un convenio regulador de divorcio, regulando los aspectos de guarda y custodia y alimentos de los hijos, así como el domicilio familiar e hipoteca.
Ahora bien, ¿qué pasa cuando hay un impago de hipoteca en un divorcio?, ¿puede haber subrogación de hipoteca por divorcio?, ¿qué sucede si no se paga la hipoteca en un divorcio?
Todas estas preguntas y muchas más os las contamos a continuación.
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¿Quién se queda con la casa en caso de divorcio y la hipoteca?
Como ya os hemos comentado en alguna ocasión, cuando se produce un divorcio o separación el uso del domicilio familiar es uno de los puntos más conflictivos en una ruptura matrimonial.
La cuestión se complica un poco más cuando esa copropiedad hay una hipoteca, pues deberá continuarse abonando, independientemente de quién tenga el uso de la vivienda, ya que el préstamo hipotecario que los cónyuges suscribieron en su día con el banco, continúan siendo deudores hipotecarios, exista vínculo matrimonial o no.
Sin embargo, si uno de los cónyuges decide comprarle la propiedad al otro cónyuge, se deberá contar con la aprobación del banco, ya que en un divorcio, el banco no interviene, y por lo tanto, no podemos establecer en el convenio regulador, bajo ningún concepto, una subrogación de hipoteca por divorcio.
Por último, en caso de que la propiedad conste a nombre de uno de los cónyuges y la hipoteca a nombre de los dos, aunque haya divorcio, cada uno será deudor de su parte y deberá continuar abonándola, aunque el que sea deudor no sea propietario de la vivienda.
Hipoteca conjunta: ¿qué pasa con el contrato después del divorcio?
En el anterior apartado, ya os hemos avanzado un poco acerca de qué pasa con la hipoteca en caso de divorcio, y es que la situación no varía para ninguno de los cónyuges: ambos siguen siendo deudores y deben pagar la hipoteca en el porcentaje al que estén suscritos en el préstamo hipotecario.
Muchas veces nos encontramos ante situaciones en las que la solvencia económica de los cónyuges tras la ruptura se hace insostenible, y puede llegar el caso de impago de hipoteca en un divorcio. En esta situación, mientras al banco le ingresen la totalidad de pago mensual no habrá problema. Ahora bien, el cónyuge que ha pagado la mitad del otro, acción de repetición contra el otro, es decir, podrá reclamarle la mitad pero sólo tras el divorcio.
Decimos sólo tras el divorcio, porque mientras el vínculo matrimonial subsiste, se presume que cada uno de los cónyuges contribuye a las cargas familiares en función de sus ingresos. Sin embargo, llegado el momento de la ruptura, cada uno deberá hacerse cargo de sus propios gastos y de aquellos en los que figuren como deudores.
Escenario complejo: cuando no se puede llegar a un acuerdo sobre la hipoteca después del divorcio
Cuando no podemos llegar a un acuerdo sobre la hipoteca tras el divorcio, en el que ambos cónyuges son copropietarios, surgen varios escenarios:
- El juez dictará Sentencia de divorcio otorgando el uso del domicilio familiar por razón de la guarda de los hijos menores de edad; por ser el cónyuge más necesitado de protección, o bien no atribuirá a ninguno el uso: el pago de la hipoteca deberá seguir abonándose conforme a lo dispuesto en el préstamo hipotecario.
- Que uno de los cónyuges compre la parte al otro cónyuge: lo mejor es hacerlo por vía de mutuo acuerdo, a través de una extinción de condominio mediante Sentencia de divorcio, los cónyuges están exentos de pagar impuestos de Actos Jurídicos Documentados. En este punto, lo mejor será hablar con el banco a ver si nos concede una novación de hipoteca.
- Vender la vivienda a un tercero, y con el dinero obtenido, cancelar la hipoteca y de haber sobrante repartir entre los cónyuges.
Conclusiones sobre divorcio con hipoteca conjunta
Si la vivienda familiar es copropiedad de ambos cónyuges y está gravada con una hipoteca, al producirse el divorcio, cada uno de ellos será deudor de la hipoteca conjunta, y por consiguiente, cada uno vendrá obligado a pagar en función del porcentaje que conste en el préstamo hipotecario.
En caso de que uno de los cónyuges pague el 100% de la hipoteca podrá reclamar la mitad al otro cónyuge deudor. Si finalmente ninguno de los dos pudiera abonar la totalidad del préstamo hipotecario, el banco podrá ejecutar la vivienda.
Para más información, contacta con nuestro despacho de abogados de familia en Terrassa, y te ofreceremos un asesoramiento personalizado de acuerdo a tu situación familiar.
- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.