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En nuestro blog de abogados, donde abarcamos todas aquellas noticias, informaciones y curiosidades sobre la familia y el derecho, como abogados de divorcio en Terrassa nos gusta asesorar en nuestro blog.
Hoy queremos explicarte si es necesario acudir a la vía judicial en un divorcio de mutuo acuerdo. Si te quieres divorciar sin pasar por el juzgado y si para ello necesitas abogado. Se trata de aquellos casos en los que, habiendo llegado los cónyuges a un pacto de forma amistosa para tramitar el divorcio, se deba acudir a la vía judicial, o bien, como alternativa, se pueda tramitar el divorcio por la vía notarial.
Si quieres saber más sobre ello, sigue leyendo y te mostraremos mucho más acerca de la posibilidad de acudir a la vía judicial o a la notarial para tramitar tu divorcio de mutuo acuerdo.
Nos divorciamos, ¿es necesario pasar por el juzgado?
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel mediante el cual los cónyuges pactan, de forma amistosa, las relaciones familiares y económicas tras la ruptura.
Estos pactos quedan recogidos en un convenio regulador, que es el documento que deberá aprobarse judicial o notarialmente.
Este convenio regulador contendrá todas las cláusulas relativas al ámbito personal y económico de las partes, y tendrá efecto desde la firma de ambos cónyuges.
A continuación te mostramos cuándo hay que acudir a la vía judicial y cuándo a la vía notarial:
Divorcio vía judicial, pasarás por el juzgado
En todo caso, se deberá acudir al juzgado, contratando abogado cuando existan hijos menores de edad o bien tengan modificada su capacidad. De ninguna forma te podrás divorciar sin pasar por el juzgado.
Ello es así, puesto que, en toda ruptura en la que existan menores de edad, interviene el Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal deberá comprobar que los pactos que afectan a los menores de edad no son perjudiciales para ellos.
Una vez revisado por el Ministerio Fiscal, el Juez dictará Sentencia aprobando el convenio firmado por los cónyuges.
Divorcio vía notarial, no tendrás que ir al juzgado
Se acudirá a la vía notarial, para solicitar el divorcio de mutuo acuerdo, cuando los cónyuges no tengan hijos o bien éstos sean mayores de edad. Para ello no necesitas ir al juzgado, sino al notario.
Ello es así, gracias a la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria permite tramitar el divorcio de mutuo acuerdo ante Notario.
De esta forma se consigue descargar el volumen de expedientes en el Juzgado y agilizar el proceso para divorciarse de forma amistosa.
El Notario competente para llevar a cabo el divorcio de mutuo acuerdo deberá ser el del último domicilio familiar de los cónyuges.
¿Es obligatoria la asistencia de un abogado en ambos casos de divorcio?
Independientemente de si se acude a la vía notarial como a la vía judicial, siempre será obligatoria la asistencia letrada de un abogado. Necesitaréis contratar a un abogado para el divorcio.
La función que tiene el abogado, en un divorcio de mutuo acuerdo, es la de asesorar a los cónyuges, y redactar el convenio regulador.
Además, deberá firmar la escritura de divorcio si se acude a la vía notarial.
No obstante, en caso de que se deba acudir a la vía judicial, se deberán las partes estar asistidas por Abogado y representadas por Procurador.
¿Es posible la separación de mutuo acuerdo sin abogados?
Al igual que sucede en el divorcio, también es obligatorio la asistencia de un abogado si nos separamos de mutuo acuerdo, ya que el abogado es el encargado de redactar el convenio regulador y el Notario lo incorporará en la escritura de separación.
Conclusiones
Cuando no exista acuerdo entre las partes, y en todo caso, cuando existan hijos menores se deberá acudir a la vía judicial.
En caso contrario, se podrá acudir a la vía notarial para divorciarse.
En todo caso, la divorcio de mutuo acuerdo será preceptiva la asistencia letrada, y además, en la vía judicial, deberán las partes contar con la asistencia del Procurador.
Para más información, contacta con nuestro despacho de abogados de derecho de familia en Terrassa.
- Licenciada por la Universidad Autónoma de Barcelona en 2008.
- Abogada colegiada nº 2.641 del Il.lustre Col.legi d’Advocats de Terrassa.
- Máster en Derecho de Familia y Sucesiones.
- Cofundadora y socia de Verum Advocats.